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Preguntas frecuentes

Requisitos SENCE

Oficina administrativa para una OTEC

Resolvemos las principales dudas sobre las condiciones físicas de la oficina y los documentos que permiten acreditar su tenencia ante SENCE.

6 m²Superficie mínima
4 horasAtención diaria mínima
40 × 50Señalética mínima
1 añoVigencia mínima de tenencia

Requisitos de la oficina

¿Es obligatorio que una OTEC tenga oficina administrativa?

Sí. La entidad debe disponer permanentemente de una oficina administrativa apta e idónea en la región donde solicita su inscripción en el Registro Nacional de OTEC.

¿La oficina debe estar en la misma región de inscripción?

Sí. La oficina administrativa debe encontrarse en la región correspondiente a la solicitud de inscripción de la OTEC.

¿Qué significa que la oficina sea apta e idónea?

Debe permitir una atención adecuada a los usuarios y contar con los recursos humanos, técnicos, administrativos y materiales necesarios para el funcionamiento de la OTEC.

¿La oficina puede estar dentro de una casa o departamento?

No debe funcionar dentro de una casa habitación, departamento, condominio u otra instalación destinada a uso habitacional.

¿Se puede utilizar una oficina virtual, cowork o espacio compartido?

Como regla general, no se permiten oficinas virtuales, coworks ni espacios que compartan recepción, equipos, suministros o servicios comunes.

Una situación excepcional debe acreditar documentalmente que el espacio utilizado por la OTEC es exclusivo, privado y claramente delimitado.

Recomendación: revisa el inmueble y el contrato antes de firmar, especialmente cuando se trate de un cowork, centro de oficinas o subarrendamiento.
¿La oficina debe estar separada de otras empresas?

Sí. Debe ser un espacio exclusivo, privado, claramente diferenciado y delimitado mediante muros o separaciones opacas respecto de otras personas naturales o jurídicas.

¿Cuál es la superficie mínima y qué espacios debe tener?

La oficina debe tener una superficie mínima de 6 metros cuadrados. También debe contar con baño, sala o espacio de espera y condiciones apropiadas para la atención de usuarios.

¿Qué condiciones físicas y de seguridad debe cumplir?
  • Acceso para personas con discapacidad o movilidad reducida.
  • Vías de evacuación debidamente señalizadas.
  • Buena higiene, ventilación, iluminación y climatización.
  • Pasillos y corredores libres de obstáculos.
  • Pisos regulares y condiciones que reduzcan riesgos de accidentes.
  • Acceso directo, sin pasar por cocinas, baños, bodegas u otras dependencias.
¿Qué equipamiento mínimo debe tener la oficina?
  • Un escritorio.
  • Tres sillas.
  • Un estante.
  • Un computador o notebook con conexión a internet.
  • Una impresora.

El equipamiento debe estar instalado y operativo cuando SENCE realice la visita.

¿Qué horario de atención debe tener?

Debe atender de lunes a viernes, dentro del rango comprendido entre las 09:00 y las 18:00 horas, durante un mínimo de cuatro horas diarias. También debe informarse el horario de colación.

¿Cómo debe ser la señalética de la OTEC?

Debe instalarse una identificación visible en el acceso al inmueble y en el ingreso de la oficina. La placa o letrero debe:

  • Ser de material sólido y rígido.
  • Medir al menos 40 × 50 centímetros.
  • Indicar la razón social o nombre de fantasía de la OTEC.
  • Informar los días y horarios de atención.
¿Debe existir una persona atendiendo permanentemente?

Sí. Debe existir al menos una persona administrativa con dedicación exclusiva y cuyo foco principal sea la atención de usuarios. Sus antecedentes contractuales deben estar disponibles durante la visita.

¿La OTEC debe tener teléfono y correo institucional?

Sí. Debe mantener un número telefónico de contacto, un correo electrónico institucional y el correo del representante legal, todos actualizados en los registros de SENCE.

Documentos que acreditan la tenencia

¿Cómo se puede acreditar la tenencia de la oficina?

La tenencia puede acreditarse mediante:

  • Contrato de arrendamiento.
  • Contrato de subarrendamiento.
  • Propiedad del inmueble.
  • Contrato de comodato.
¿Qué requisitos debe cumplir el contrato de arrendamiento?
  • Estar autorizado ante notario.
  • Tener una duración mínima de un año.
  • Contener una cláusula de renovación automática.
  • Estar firmado por los representantes legales de la OTEC y por el arrendador.
  • Identificar correctamente el inmueble y su rol.
¿Qué debe presentarse cuando se trata de un subarrendamiento?

Debe presentarse el contrato de subarrendamiento autorizado ante notario y el contrato de arrendamiento principal. Este último debe autorizar expresamente el subarrendamiento y mantener una vigencia mínima de un año.

¿Qué documento se presenta si la oficina es propiedad de la OTEC?

Debe presentarse el Certificado de Dominio Vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces. Si la inscripción de la compraventa aún está en trámite, deberá acompañarse la escritura y el antecedente que demuestre que la inscripción se encuentra en proceso.

¿Qué requisitos debe cumplir un contrato de comodato?

Debe estar autorizado ante notario, tener una duración mínima de un año, estar firmado por las partes y acompañarse del Certificado de Dominio Vigente del inmueble entregado en comodato.

¿Qué ocurre si el contrato venció, pero tenía renovación automática?

Debe acreditarse su vigencia mediante un anexo autorizado ante notario que confirme expresamente la continuidad del contrato.

¿Es necesario identificar el rol de la propiedad?

Sí. Debe presentarse el rol del inmueble registrado ante el Servicio de Impuestos Internos. Los documentos relacionados con la oficina deben corresponder al mismo inmueble y rol.

¿Un contrato válido garantiza que SENCE aprobará la oficina?

No. El contrato acredita la tenencia, pero SENCE también verifica las condiciones físicas, operativas y de atención de la oficina.

La oficina puede recibir observaciones aun cuando exista un contrato válido, si no cumple accesibilidad, exclusividad, superficie, equipamiento, señalética u otros requisitos.

Visita y evaluación de SENCE

¿Qué revisa SENCE durante la visita técnica?

La Dirección Regional puede verificar la infraestructura, accesibilidad, separación física, equipamiento, señalética, horario, personal, datos de contacto y los documentos que acreditan la tenencia de la oficina.

¿Quién determina finalmente si la oficina cumple?

La evaluación definitiva corresponde a SENCE, a través de la revisión documental y la visita o supervisión de la Dirección Regional correspondiente.

¿Conviene revisar la oficina antes de firmar el contrato?

Sí. Antes de firmar conviene revisar el uso del inmueble, accesibilidad, superficie, separación física, acceso directo, señalética, baño, sala de espera, equipamiento, vigencia contractual, autorización de subarrendamiento y rol de la propiedad.

No encontramos preguntas que coincidan con tu búsqueda.

¿Ya encontraste una posible oficina para tu OTEC?

SerOTEC puede revisar previamente sus condiciones generales y la documentación de tenencia para reducir el riesgo de observaciones durante la inscripción.

Revisar mi oficina

Información referencial basada en el Manual para el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación. La evaluación y aprobación definitiva corresponde a SENCE.

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Cuatro puntos que conviene tener claros antes de iniciar el proceso.

La oficina administrativa

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